"Se encuentra permitida la plantación, cultivo, cosecha, acopio y comercialización de cannabis psicoactivo y no psicoactivo para ser destinado, en forma exclusiva, a la investigación científica o a la elaboración de Especialidades Vegetales o Especialidades Farmacéuticas para uso medicinal", señala el decreto firmado anoche por el presidente José Mujica.
De acuerdo al texto, la marihuana medicinal deberá ser recetada por un médico profesional y el usuario, mayor de 18 años, deberá presentar esa receta para comprar el producto, y podrán hacerlo únicamente una vez por mes.
Además, se entiende por especialidad farmacéutica "a todo medicamento simple o compuesto a base de cannabis (psicoactivo y no psicoactivo) con nombre registrado en el Ministerio de Salud Pública de fórmula cuali-cuantitativa declarada, fabricada industrialmente y con propiedades terapéuticas comprobables, que se comercializa en determinadas unidades de venta".
El decreto establece que "el Estado y el IRCCA (Instituto de Regulación y Control del Cannabis) promoverán y facilitarán" la investigación científica en este sentido.
La distribución y venta de estos productos de marihuana medicinal será a través de "droguerías o farmacias" habilitadas, al tiempo que se establece que los lugares donde se produzca la marihuana medicinal deberán estar cerrados al público y con seguridad adecuada, informó Telam.
Los investigadores podrán comprar el cannabis de los productores autorizados por el IRCCA o podrán solicitar al instituto autorización para producir ellos mismos y destinar el producto "exclusivamente a la actividad científica".
El uso medicinal de la marihuana estaba contemplado en la ley aprobada en 2013 y reglamentada el año pasado que dispone la regulación del mercado de cannabis y la posibilidad de que usuarios registrados accedan a la droga a través del autocultivo o de la compra de hasta 40 gramos mensuales en farmacias, una vez que el IRCCA defina qué empresas quedarán habilitadas para su producción y venta.